Plan de Igualdad para empresas
Te ayudamos a implantar un Plan de Igualdad en tu empresa de forma sencilla y a medida.
¿En qué consiste?
Fidelización del Talento
Incremento de la productividad
Mejora del ambiente laboral
Cumplimiento de la ley
¿QUÉ ES UN PLAN DE IGUALDAD?
Un Plan de Igualdad es un conjunto de medidas adoptadas por una empresa para lograr la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
Actualmente tener un Plan de Igualdad es obligatorio para las empresas que tengan más de 50 personas en su plantilla y en aquellas obligadas por convenio colectivo.
Es importante su implantación y registro para:
- Cumplir la Ley de igualdad de género (RD-Ley 6/2019)
- Alcanzar mayor puntuación en licitaciones.
- Para evitar sanciones y la pérdida de ayudas y bonificaciones fiscales.
La normativa es la siguiente:
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2020, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
- Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
NUESTRA METODOLOGÍA
En Nascor Formación ofrecemos un servicio integral acompañando a nuestro cliente desde el diagnóstico hasta la evaluación y el seguimiento de la ejecución del Plan de Igualdad.
¿EN QUÉ CONSISTE UN PLAN DE IGUALDAD?
Algunos de los ejes analizados en el Plan de Igualdad son los siguientes:
- Cultura de la empresa en materia de igualdad de oportunidades y RSC.
- Prevención del acoso sexual y/o acoso por razón de sexo.
- Comunicación en la empresa y el lenguaje no sexista.
- Desarrollo Profesional, formación, difusión y promoción.
- Política de selección y contratación.
- Política salarial y retributiva.
- Políticas de conciliación y beneficios sociales.
- Sensibilización de los trabajadores y trabajadoras en materia de igualdad.
PLAZOS PARA IMPLANTAR EL PLAN DE IGUALDAD
El nuevo real decreto establece tres plazos diferentes para implantar el Plan de Igualdad dentro de empresas públicas y privadas en función del número de personas trabajadoras:
- Empresas con entre 150 y 250 trabajadores, deben tener un Plan de Igualdad implementado desde el 7 de marzo de 2020.
- Empresas con entre 100 y 150 trabajadores, deben tener un Plan de Igualdad implementado desde el 7 de marzo de 2021.
- Empresas con entre 50 y 100 trabajadores, tienen hasta el 7 de marzo de 2022 para registra e implantar sus planes.
¿A QUÉ SANCIÓN ME EXPONGO SI MI EMPRESA NO TIENE EL PLAN DE IGUALDAD?
El Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social enfoca como uno de sus ejes prioritarios la vigilancia en materia de Igualdad y Auditoria Retributiva. No cumplir con las obligaciones en materia de igualdad da lugar a sanciones graves para la empresa.
- Sanciones económicas.
- Pérdida automática de ayudas, bonificaciones y, en general, de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción
- Exclusión automática del acceso a programas de empleo de seis meses a dos años.
¿TE AYUDAMOS?
En Nascor estamos ayudando a nuestros clientes a elaborar el Plan de Igualdad obligatorio. Si quieres más información, puedes completar el formulario que aparece a la derecha con tus datos, llamarnos al 616 370 649 o escribirnos a nascor@nascorformacion.com.
